El juez de guardia ha autorizado a Begoña Gómez a desplazarse al Reino Unido para asistir a la graduación de una de sus hijas, pero ha rechazado su petición para acudir a la cumbre de la OTAN prevista en Ankara. La resolución responde a la solicitud presentada por la esposa del presidente del Gobierno, que había solicitado permiso para realizar ambos viajes mientras continúan las actuaciones judiciales que le afectan.
El juez autoriza el viaje familiar a Reino Unido
La resolución judicial permite a Begoña Gómez viajar a Londres para asistir a la ceremonia de graduación de una de sus hijas.
La solicitud había sido presentada ante el juzgado competente debido a las medidas cautelares vigentes que limitan determinados desplazamientos sin autorización judicial previa.
El juez ha considerado procedente autorizar este desplazamiento de carácter familiar, permitiendo que pueda asistir al acto académico previsto en Reino Unido.
La decisión establece las condiciones bajo las cuales podrá realizarse el viaje, conforme a las obligaciones procesales existentes.
Rechazada la asistencia a la cumbre de la OTAN en Ankara
En cambio, el magistrado ha denegado la petición para desplazarse a Ankara con motivo de la cumbre de la OTAN.
La solicitud se sustentaba en una invitación formulada por Emine Erdoğan, esposa del presidente de Turquía, según había argumentado la defensa de Gómez.
El juzgado ha optado finalmente por no autorizar ese viaje internacional, diferenciándolo del desplazamiento familiar a Reino Unido.
Por el momento, no han trascendido más detalles sobre los argumentos concretos empleados en la resolución para justificar la negativa.
La decisión se enmarca en las medidas judiciales vigentes
La autorización parcial se produce en el contexto de las actuaciones judiciales que afectan a Begoña Gómez y que obligan a solicitar permiso para determinados desplazamientos al extranjero.
Este tipo de resoluciones son habituales cuando una persona sometida a medidas cautelares pretende realizar viajes internacionales durante la tramitación de un procedimiento judicial.
La decisión del juez no afecta al fondo de la causa ni supone un pronunciamiento sobre las cuestiones investigadas.
Las partes podrán continuar ejerciendo los recursos y solicitudes que consideren oportunos conforme avance el procedimiento judicial.

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