El etarra Jon Bienzobas, condenado por su participación en el asesinato del jurista Francisco Tomás y Valiente, ha accedido al régimen de se...
El etarra Jon Bienzobas, condenado por su participación en el asesinato del jurista Francisco Tomás y Valiente, ha accedido al régimen de semilibertad tras la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una decisión adoptada por el Gobierno Vasco que ha generado una intensa controversia política y social. La concesión se ha producido, además, en un momento especialmente simbólico, coincidiendo con los actos de recuerdo por el 30 aniversario del atentado que acabó con la vida del que fuera presidente del Tribunal Constitucional de España.
Tomás y Valiente fue asesinado el 14 de febrero de 1996 en su despacho de la Universidad Autónoma de Madrid. El atentado, ejecutado a sangre fría, supuso uno de los golpes más impactantes de la organización terrorista Euskadi Ta Askatasuna contra las instituciones del Estado. El jurista, una de las figuras más respetadas del constitucionalismo español, se había convertido en un símbolo de la defensa del Estado de derecho frente al terrorismo.
La decisión de conceder a Bienzobas la aplicación del artículo 100.2, un régimen flexible que permite compatibilizar salidas controladas con la permanencia en prisión, ha sido interpretada por diversas asociaciones de víctimas y por varios partidos políticos como una falta de sensibilidad hacia la memoria de Tomás y Valiente y hacia el sufrimiento de su familia. Este precepto no implica una libertad condicional, pero sí permite al interno desarrollar actividades fuera del centro penitenciario bajo un control específico, configurando en la práctica una situación cercana a la semilibertad.
El caso de Bienzobas se suma al de otro histórico dirigente de ETA, Garikoitz Azpiazu, conocido como “Txeroki”, que también obtuvo recientemente el mismo beneficio penitenciario. La coincidencia de ambas decisiones ha alimentado el debate sobre la política penitenciaria aplicada a los condenados por terrorismo desde que el Ejecutivo vasco asumió la gestión de las prisiones en la comunidad autónoma.
Fuentes penitenciarias han señalado que la concesión del 100.2 se apoya en informes técnicos favorables, en la evolución personal del interno y en su adaptación al régimen penitenciario. Sin embargo, desde sectores críticos se recuerda que Bienzobas fue uno de los miembros del comando que perpetró un asesinato que conmocionó a toda la sociedad española y que tuvo un fuerte impacto institucional, al tratarse de un expresidente del máximo intérprete de la Constitución.
La controversia se ve amplificada por el contexto político actual, en el que las decisiones relacionadas con presos de ETA son observadas con especial atención. Las asociaciones de víctimas consideran que la progresión de grado o la flexibilización del régimen penitenciario debería estar vinculada a gestos claros de arrepentimiento, colaboración con la justicia y reconocimiento del daño causado, requisitos que, a su juicio, no siempre se cumplen de forma suficiente.
Por su parte, el Gobierno vasco defiende que las decisiones se toman conforme a la legalidad vigente y bajo criterios técnicos, insistiendo en que el sistema penitenciario debe orientarse a la reinserción social, incluso en los casos de delitos de extrema gravedad. No obstante, admite que la coincidencia temporal con el aniversario del asesinato de Tomás y Valiente ha añadido una carga simbólica que ha intensificado la reacción pública.
Treinta años después de aquel crimen, la figura de Tomás y Valiente continúa representando para muchos un referente moral y jurídico frente a la violencia política. La concesión de la semilibertad a uno de sus asesinos reabre, una vez más, el debate sobre los límites entre reinserción, justicia y memoria, y sobre el modo en que una sociedad democrática gestiona el legado del terrorismo.





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