El juez José Luis Calama rechaza excluir de la causa el informe policial sobre las actividades de Zapatero en Bolivia y mantiene la investigación.
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la solicitud del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero para excluir de una causa judicial un informe policial que analiza su presunta participación en un supuesto caso de tráfico de influencias relacionado con Bolivia. El magistrado considera que existen indicios que deben ser examinados dentro del procedimiento y descarta que se trate de una investigación prospectiva.
La resolución responde al recurso presentado por la defensa de Zapatero, que sostenía que la incorporación de los hechos vinculados a Bolivia suponía ampliar la investigación sin una base suficiente, vulnerando las garantías procesales.
Sin embargo, el juez concluye que la causa no se inició de forma indiscriminada contra el expresidente, sino a partir de elementos que, a su juicio, justifican su análisis dentro de la investigación en curso.
El juez descarta que exista una investigación prospectiva
En su resolución, José Luis Calama rechaza el principal argumento de la defensa, que calificaba la investigación como una "investigación prospectiva", figura prohibida por el ordenamiento jurídico al consistir en indagar sobre una persona sin indicios previos de criminalidad.
El magistrado recuerda que este tipo de investigaciones solo existen cuando se abre una causa "sin el más mínimo indicio de criminalidad, con el único propósito de escrutar globalmente su conducta para ver qué se encuentra".
A juicio del juez, esa circunstancia no concurre en este procedimiento.
En el auto, Calama afirma que "ocurrió exactamente lo contrario", al entender que los hechos incorporados a la causa parten de elementos previos que justifican su examen judicial.
La investigación seguirá incorporando el informe policial
Con esta decisión, el informe elaborado por la Policía continuará formando parte del procedimiento que se instruye en la Audiencia Nacional.
Dicho informe hace referencia a un supuesto tráfico de influencias relacionado con actuaciones en Bolivia y a presuntas contraprestaciones económicas, extremos que forman parte de la investigación judicial y sobre los que, por el momento, no existe un pronunciamiento sobre el fondo.
La resolución no implica una declaración de culpabilidad ni supone una valoración definitiva de los hechos investigados.
Su alcance se limita a determinar que el contenido del informe puede seguir siendo objeto de análisis dentro de la instrucción.
La causa continúa en fase de instrucción
El procedimiento permanece en fase de investigación, por lo que el juzgado continuará practicando las diligencias que considere necesarias para esclarecer los hechos.
Será el desarrollo de la instrucción el que determine si existen elementos suficientes para acordar nuevas actuaciones o, en su caso, el archivo de las actuaciones respecto de los hechos investigados.
La defensa del expresidente mantiene la posibilidad de recurrir las decisiones procesales que considere oportunas conforme a la legislación vigente, mientras la Audiencia Nacional continúa con la tramitación de la causa.





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