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Hazte Oír reclama que David Sánchez devuelva 340.572 euros

Hazte Oír reclama que David Sánchez devuelva 340.572 euros cobrados en la Diputación de Badajoz tras su condena por prevaricación.

La asociación Hazte Oír ha iniciado nuevas acciones judiciales y contables para reclamar que David Sánchez reintegre 340.572 euros correspondientes a las retribuciones percibidas entre 2017 y 2025 por su puesto en la Diputación de Badajoz. La organización sostiene que, tras la condena a nueve años de inhabilitación por prevaricación, procede exigir la devolución de los fondos públicos, una posibilidad que, según afirma, quedó abierta en la propia sentencia.

La asociación Hazte Oír ha dado un nuevo paso en las actuaciones derivadas del procedimiento judicial seguido contra David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, al reclamar la devolución de más de 340.000 euros correspondientes a las retribuciones abonadas durante su etapa en la Diputación de Badajoz.

La entidad, que ejerce la acusación popular en la causa, considera que la condena dictada por el órgano judicial abre la puerta a exigir el reintegro de las cantidades percibidas por el puesto desempeñado en la institución provincial.

Para ello, la organización ha presentado un recurso ante la Audiencia Provincial de Badajoz y, de forma paralela, una denuncia ante el Tribunal de Cuentas con el objetivo de reclamar la responsabilidad contable derivada de los pagos realizados con fondos públicos.

Según sostiene Hazte Oír, la resolución judicial que condenó a David Sánchez a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación no acordó expresamente la devolución de los salarios percibidos, pero tampoco cerró la posibilidad de que dicha cuestión pudiera analizarse en otra vía jurisdiccional.

La asociación interpreta que esa circunstancia permite plantear ahora una reclamación específica para recuperar el dinero abonado durante los años en los que ocupó el puesto objeto del procedimiento judicial.

El importe reclamado asciende exactamente a 340.572 euros, cantidad a la que la organización solicita añadir los intereses legales correspondientes.

Las actuaciones iniciadas constituyen una nueva fase del caso, centrada ya no en la responsabilidad penal, sino en la posible responsabilidad patrimonial derivada del desempeño del cargo.

Recurso ante la Audiencia y denuncia en el Tribunal de Cuentas

Las nuevas actuaciones emprendidas por Hazte Oír se desarrollan por dos vías distintas.

Por un lado, la organización ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Badajoz para plantear su interpretación sobre los efectos económicos derivados de la sentencia condenatoria.

Paralelamente, ha formalizado una denuncia ante el Tribunal de Cuentas, institución competente para analizar posibles responsabilidades contables relacionadas con la gestión de fondos públicos.

Según expone la asociación en los escritos presentados, la resolución judicial dejó abierta la posibilidad de reclamar el reintegro de las cantidades percibidas mediante los mecanismos previstos en la jurisdicción contable.

Hazte Oír sostiene que el procedimiento penal resolvió las responsabilidades derivadas del delito de prevaricación, pero considera que la cuestión relativa al dinero abonado durante esos años puede examinarse de forma independiente.

La organización fundamenta su petición en la existencia de un supuesto perjuicio económico para las arcas públicas.

En consecuencia, solicita que el Tribunal de Cuentas determine si procede exigir la devolución de las cantidades satisfechas por la Diputación de Badajoz.

La reclamación incorpora también la petición de que se calculen los intereses correspondientes desde el momento en que fueron abonadas las retribuciones.

Por el momento, ninguna de las instituciones competentes ha adoptado una resolución sobre el fondo de estas nuevas solicitudes.

Será ahora el desarrollo del procedimiento el que determine si las actuaciones continúan su tramitación o si, por el contrario, se acuerda su archivo.

Mientras tanto, la causa entra en una nueva fase procesal distinta a la desarrollada hasta ahora en la jurisdicción penal.

La asociación sostiene que el puesto fue creado a medida

En el escrito presentado ante el Tribunal de Cuentas, Hazte Oír mantiene que las retribuciones reclamadas corresponden a un puesto que considera creado específicamente para David Sánchez.

Según la organización, ese puesto carecía de funciones efectivas y fue diseñado de forma individualizada.

La cantidad cuya devolución se reclama comprende las remuneraciones abonadas entre los años 2017 y 2025.

La asociación considera que esos pagos constituyen un posible perjuicio económico para la Administración provincial.

Por ese motivo solicita que el órgano fiscalizador examine la legalidad de los desembolsos realizados y determine si existe responsabilidad contable.

Hazte Oír basa parte de su argumentación en el contenido de la sentencia penal previamente dictada.

A juicio de la entidad, la condena por prevaricación constituye un elemento relevante para analizar las consecuencias patrimoniales derivadas del procedimiento.

No obstante, la resolución judicial no acordó expresamente el reintegro de las cantidades percibidas durante el ejercicio del cargo.

Precisamente esa circunstancia motiva las nuevas actuaciones iniciadas por la acusación popular.

El procedimiento ante el Tribunal de Cuentas deberá determinar ahora si concurren los requisitos necesarios para exigir la devolución de fondos públicos en este caso concreto.

Hasta que exista una resolución firme, la reclamación formulada por la asociación mantiene carácter de pretensión procesal.

La vía contable abre un nuevo escenario judicial

El caso entra ahora en una etapa distinta a la desarrollada durante la instrucción penal.

Mientras la condena por prevaricación resolvió la responsabilidad penal atribuida a David Sánchez, las nuevas actuaciones persiguen determinar la eventual existencia de responsabilidad contable.

En España, el Tribunal de Cuentas es el órgano competente para conocer de posibles perjuicios ocasionados al patrimonio público mediante la gestión de recursos económicos.

Sus procedimientos son independientes de los procesos penales, aunque en ocasiones pueden fundamentarse en hechos previamente acreditados por resoluciones judiciales.

La apertura de una actuación ante este órgano no implica automáticamente la existencia de responsabilidad patrimonial.

Será necesario que el procedimiento analice la documentación aportada y determine si concurren los requisitos legales para exigir el reintegro solicitado.

En paralelo, la Audiencia Provincial deberá pronunciarse sobre el recurso presentado por la asociación.

Ambas vías procesales seguirán su tramitación conforme a los plazos previstos por la legislación vigente.

Mientras tanto, la reclamación económica formulada por Hazte Oír continúa pendiente de resolución.

El desarrollo de estas actuaciones determinará si finalmente se abre un procedimiento específico para reclamar las cantidades percibidas o si los órganos competentes consideran que no procede iniciar esa reclamación patrimonial.

La evolución del caso dependerá de las decisiones que adopten tanto la Audiencia Provincial de Badajoz como el Tribunal de Cuentas durante los próximos meses.

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